Preguntas Frecuentes
Es una iniciativa del Ministerio de Minas y Energía, en conjunto con el Fondo de Energía No Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía -FENOGE, el Ministerio de Comercio, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y Federación de Comerciantes y Tenderos de la Economía Popular; para el desarrollo de un piloto de implementación de Sistemas Solares Fotovoltaicos para usuarios residenciales de los estratos 1, 2 y 3 que desarrollen actividades comerciales de economía popular mediante dos etapas. La primera etapa tiene como foco la región Caribe y la segunda, todo el territorio nacional.
Un Sistema Solar Fotovoltaico es el conjunto de varios equipos que permiten que la energía solar se convierta en energía eléctrica que pueda utilizarse. Dentro de los componentes se encuentran los paneles solares para absorber y convertir la luz solar en electricidad, un inversor para convertir la salida de corriente continua a corriente alterna que es la que se utiliza para el consumo en hogares y negocios; además del montaje, el cableado y otros accesorios eléctricos que hacen parte del sistema.
Se consideran aquellas actividades de comercio desarrolladas por personas y micronegocios a pequeña escala y de forma personal, familiar o asociativa.
Si usted tiene un local o un negocio pequeño de cualquier actividad económica, sea una tienda, panadería, taller, zapatería, miscelánea, entre otros; y su negocio le permite generar ingresos para cubrir sus necesidades básicas, usted aplica como parte de la economía popular.
Buscamos implementar soluciones de Gestión Eficiente de Energía para dinamizar las economías comerciales populares, ayudarlas a reducir los costos de facturación de energía eléctrica, además de incentivar el cambio hacia una cultura de uso racional y sostenible de la energía, promocionando buenas prácticas de consumo de energía eléctrica.
La iniciativa tiene dos etapas: la primera financiada en un 100%, consiste en la instalación de 100 Sistemas Solares Fotovoltaicos en la Región Caribe de Colombia. En la segunda etapa, se proporcionará un incentivo de hasta el 60% para más de 900 beneficiarios en todo el territorio nacional, donde el beneficiario podrá escoger quién le instala su Sistema Solar Fotovoltaico y con qué entidad de crédito realizará la financiación.
Para la etapa 1 dirigida a la Región Caribe, podrán beneficiarse economías populares de los departamentos de Atlántico, Bolívar, Magdalena, La Guajira, Cesar, Córdoba y Sucre. En la etapa 2, podrán beneficiarse 31 departamentos del territorio nacional.
Las características principales que debe cumplir los posibles beneficiarios para participar en la Región Caribe son:
También se tendrán en cuenta aspectos técnicos como: redes eléctricas normalizadas, estudio de sombra, análisis estructural, dimensionamiento del Sistema Solar Fotovoltaico, ubicación óptima, especificaciones técnicas del Sistema Solar Fotovoltaico, potencia a instalar, entre otros.
- Residir en un departamento de la Región Caribe colombiana.
- Pertenecer al sector residencial del estrato socioeconómico 1, 2 o 3.
- Tener el título de propiedad del inmueble en el cual se espera instalar el Sistema Solar Fotovoltaico.
- Desarrollar una actividad de economía popular en dicho inmueble.
- No haber sido beneficiado previamente con el incentivo contemplado en la iniciativa.
También se tendrán en cuenta aspectos técnicos como: redes eléctricas normalizadas, estudio de sombra, análisis estructural, dimensionamiento del Sistema Solar Fotovoltaico, ubicación óptima, especificaciones técnicas del Sistema Solar Fotovoltaico, potencia a instalar, entre otros.
La iniciativa contempla una caracterización inicial y la posterior selección de los posibles beneficiarios, así como las zonas donde puede generar mayor impacto. En este sentido, se realiza un proceso de priorización, se revisan aspectos técnicos y requisitos, y se procede a la selección del beneficiario.
- a) Notificación de la selección como beneficiarios.
- b) Factibilidad, diseño, suministro y puesta en marcha del Sistema Solar Fotovoltaico.
- c) Capacitaciones.
- d) Seguimiento y monitoreo.
- e) Mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo del Sistema Solar Fotovoltaico.
- Expresar la vinculación voluntaria a la iniciativa, así como el conocimiento y entendimiento de las condiciones de este.
- Declarar que permanecerá vinculado a la iniciativa durante su duración con el objetivo de suministrar información sobre consumo de energía, hábitos de uso o demás que se requieran para el monitoreo y reporte.
- Participar en capacitaciones, socializaciones o actividades de sensibilización sobre eficiencia energética y buenas prácticas energéticas.
- Declarar que cuenta con instalaciones internas seguras, aptas y en buen estado para el correcto funcionamiento del Sistema Solar Fotovoltaico.
- Permitir la instalación de un sistema de monitoreo de generación, consumo y excedente de energía en el punto de conexión a la red eléctrica para contribuir con datos para realizar el plan de monitoreo, reporte, verificación y control de los resultados de la iniciativa.
- Comprometerse a realizar un buen uso del Sistema Solar Fotovoltaico instalado, así como ser responsables de realizar todas las actividades de Administración, Operación y Mantenimiento de los sistemas instalados desde el recibido de los mismos, hasta el final de su vida útil.
Los implementadores serán las personas naturales y/o jurídicas que podrán suministrar, instalar y realizar la puesta en marcha de los Sistemas Solares Fotovoltaicos para los beneficiarios de la Etapa 2 (todo el país. En el marco del libre mercado que se propone en la etapa 2, el beneficiario podrá seleccionar a su discreción entre los diferentes implementadores, según las ofertas que éstos presenten.
Los implementadores deberán cumplir con experiencia en la instalación de Sistemas Solares Fotovoltaicos, deberán contar con la capacidad operativa y de endeudamiento necesaria para operar en varios frentes de trabajo, así como ofrecer garantía de los sistemas instalados por al menos seis meses, entre otros requisitos mínimos que permitan el cumplimiento de los acuerdos firmados con los beneficiarios.
Para la selección de las empresas interesadas en realizar actividades de Implementación que harán parte de la iniciativa, durante la Etapa 2, se realizará una convocatoria o invitación que garantice la libre concurrencia, transparencia, objetividad, oportunidad y eficiencia. Luego, se construirá un listado de habilitados, después de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos.
Para la selección de las empresas interesadas en realizar actividades de Implementación que harán parte de la iniciativa, durante la Etapa 2, se realizará una convocatoria o invitación que garantice la libre concurrencia, transparencia, objetividad, oportunidad y eficiencia. Luego, se construirá un listado de habilitados, después de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos.
- Suscribir un acuerdo jurídico o comercial con el beneficiario que la elija, para el correcto desarrollo, entrega y pago de los Sistemas Solares Fotovoltaicos.
- Ofertar los Sistemas Solares Fotovoltaicos, cumpliendo estándares mínimos y exponiendo con claridad precios, alcance, tiempos, cobertura, entre otros.
- Suministrar, transportar, instalar, poner en marcha los Sistemas Solares Fotovoltaicos a los beneficiarios que los elijan y tramitar el aval de conexión ante el Operador de Red.
- Capacitar a los beneficiarios en el manejo adecuado y Administración, Operación y Mantenimiento de los Sistemas Solares Fotovoltaicos.
- Gestionar las reclamaciones por garantías.
- Apoyar en la promoción de la iniciativa.
- Realizar un mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo.
- Ofrecer y cumplir una garantía de los Sistemas Solares Fotovoltaicos que instalen dentro de las actividades de la iniciativa por al menos un año.
La inscripción se puede realizar de diferentes maneras: en la página web del FENOGE www.fenoge.gov.co sección Energía Solar para Economías Populares, en la línea de Whatsapp y Línea Gratuita Nacional.
- Entregar el formulario de inscripción, con la respectiva información solicitada.
- Tramitar autónomamente lo necesario frente a la entidad de crédito y llevar a cabo la suscripción de la documentación necesaria, en caso de requerir financiamiento.
- Permitir la obtención de la información necesaria para que los Implementadores puedan cotizar.
- Comprometerse a pagar oportunamente y en su totalidad el crédito suscrito con el establecimiento de crédito.
- Cumplir con las obligaciones que se establezcan en el negocio jurídico con los Implementadores.
- Dar un buen uso del Sistema Solar Fotovoltaico de acuerdo con las recomendaciones.
- Recibir la capacitación de eficiencia energética y manejo adecuado del SSFV.
- Entregar la información de facturas del servicio público de energía eléctrica al operador por los tiempos definidos por este.
- Cumplir con la totalidad de requisitos exigibles que se establecen en los anexos y Términos y Condiciones Contractuales.
- a) Inscripción a la iniciativa a través de los canales establecidos para ello: página web FENOGE www.fenoge.gov.co, línea de Whatsapp y Línea Gratuita Nacional.
- b) Estudio de prefactibilidad.
- c) Entrega de información de opciones de financiamiento.
- d) Estudio financiero y condiciones de financiamiento.
- e) Selección de entidad de crédito o método de financiación por parte del beneficiario.
- f) Expedición del certificado de preaprobado.
- g) Entrega de información a los beneficiarios de los implementadores disponibles.
- h) Cotización del Sistema Solar Fotovoltaico.
- i) Selección por parte del beneficiario del implementador.
- j) Confirmación del valor de la financiación e incentivo del FENOGE.
- k) Implementación del Sistema Solar Fotovoltaico y normalización con el Operador de Red (OR).
- l) deberá capacitar al beneficiario sobre el correcto uso del Sistema Solar Fotovoltaico instalado, así como medidas de GEE y formar sobre conceptos y actividades de AOM.
- m) Mantenimiento preventivo, predictivo y en caso de ser necesario correctivo.
Sí puede participar, en este caso, se debe inscribir a través de los canales establecidos para ello y no haber recibido el beneficio anteriormente.
Se considera que la instalación de los módulos solares e inversor se realizará sobre la cubierta de cada vivienda/comercio; el inversor es del tipo inyección directa a la red.
Se medirán resultados en términos de ahorro económico de los beneficiarios asociados al pago de la factura de energía eléctrica, ahorro de energía, energía generada por tipo de Sistema Solar Fotovoltaico, reducción de emisiones de dióxido de carbono.
Horario de atención: Días hábiles de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Jornada contínua.